Con fecha 10 de julio de 2008, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictó sentencia en el caso c-54/07 que tenía por objeto una petición de decisión prejudicial sobre la interpretación de la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico.
Entre otras, se da respuesta a las siguientes cuestiones prejudiciales:
- Para apreciar la existencia de discriminación directa en las condiciones de acceso al trabajo por cuenta ajena, ¿basta comprobar que el empleador aplica criterios de selección directamente discriminatorios?
- ¿Qué debe entenderse por la expresión “hechos que permitan presumir la existencia de discriminación directa o indirecta” que figura en el artículo 8, apartado 1, de la directiva 2000/43 (…)? ¿Con qué rigor ha de apreciar un tribunal nacional los hechos que pueden originar una presunción de discriminación?
o ¿Basta un único hecho para originar una presunción de discriminación?
- ¿Qué debe entenderse por “sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias” en el sentido del artículo 15 de la Directiva 2000/43 (…)?