19 de Marzo de 2008
El viernes 14 de marzo se publicó en el BOE el Instrumento de Ratificación del Protocolo número 12 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (Número 177 del Consejo de Europa), hecho en Roma el 4 de noviembre de 2000, que en España entrará en vigor el 1 de junio de 2008.
Cabe destacar que la lista de motivos de discriminación recogida en el Protocolo 12 es idéntica a la del artículo 14 del Convenio (lista que no es exhaustiva); sin embargo hay una diferencia fundamental entre el artículo 14 del Convenio y el Protocolo número 12: mientras que el artículo 14 del Convenio ofrece una protección de carácter accesorio, es decir, proscribe simplemente la discriminación en el goce de los derechos y libertades definidos en el Convenio, el Protocolo establece la prohibición de discriminación como cláusula general, ofreciendo una protección más allá del goce de los derechos y libertades reconocidos en el Convenio.
Por otra parte, en los comentarios a las disposiciones del Protocolo se define además el principio de igualdad en el siguiente sentido: “El principio de igualdad exige que situaciones iguales se traten de manera igual y que situaciones desiguales de manera diferente. Toda vulneración a este respecto se considerará discriminación, a menos que exista una justificación objetiva y razonable.”
Acceso al texto completo en:
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2008/04891
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